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Juzgado y fiscalía certifican que no existe delito en la adjudicación del servicio de agua potable y saneamiento

NOTA INFORMATIVA

EL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº3 DE TORREVIEJA Y LA FISCALÍA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALICANTE CERTIFICAN QUE NO EXISTE DELITO PENAL ALGUNO EN LA CONCESIÓN DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE SAN MIGUEL DE SALINAS AL ARCHIVAR LAS DENUNCIAS DE LA ASOCIACIÓN DE VECINOS SAN MIGUEL ARCÁNGEL.

El Ayuntamiento de San Miguel de Salinas, una vez trascurridos los plazos legalmente establecidos, cumple con la voluntad de informar a los vecinos de este municipio de que el Juzgado de Instrucción nº 3 de Torrevieja, ha sobreseído las Diligencias Previas penales nº 407/2016, abiertas por este Juzgado por dos denuncias de la Asociación de Vecinos San Miguel Arcángel, y por D. Manuel Gómez Costa, Presidente de esta Asociación, certificando con ello que la concesión del servicio público de suministro de agua potable y saneamiento, su gestión y control, el tratamiento como tasa y la contratación del personal por la empresa concesionaria, no ha constituido delito penal alguno.

El Pasado 22 de marzo de 2016, D. Manuel Gómez Costa en nombre propio y de la Asociación de vecinos San Miguel Arcángel interpuso ante los Juzgados de Torrevieja y la Fiscalía, denunciando el proceso de concesión del servicio, la contratación de personal por la concesionaria, la gestión y control municipal de la concesión del servicio y el tratamiento como tasa de los ingresos derivados del consumo de agua y saneamiento. En definitiva, denunciando todos los aspectos de la concesión y el servicio de agua y saneamiento de San Miguel de Salinas.

El Juzgado abrió Diligencias Penales y en junio de 2016 requirió al Ayuntamiento la presentación de toda la documentación del concurso, la contratación, pliegos, y documentación relativa al control municipal del servicio e informes de la memoria de gestión del servicio.

El Ayuntamiento de San Miguel de Salinas en octubre de 2016, una vez preparada la ingente documentación solicitada, procedió a aportar toda la documentación al Juzgado, así como un escrito de alegaciones.

Tras la vista y análisis de toda la documentación, el Fiscal de la Audiencia provincial de Alicante, procedió a emitir informe de sobreseimiento indicando expresamente que de todo lo comprobado y analizado no cabía entender cometido delito alguno, y que las actuaciones municipales “no revisten carácter de infracción penal”.

Este criterio del fiscal se vio confirmado con Auto del Juzgado de Instrucción nº 3 de Torrevieja, de finales de febrero de 2017, en el cual decreta el archivo y sobreseimiento del caso. Indicando la Juez que no existía indicio alguno de la existencia de prueba alguna de comisión de ningún delito ni ningún indicio solido ni razonable que justificaran las actuaciones penales abiertas por esta denuncia de la Asociación de Vecinos San Miguel Arcángel.

Tras este archivo de la denuncia, D. Manuel Gómez Costa volvió a presentar una ampliación de denuncia en marzo de 2017, a fin de intentar que el Juzgado reabriera la causa contra el Ayuntamiento de San Miguel de Salinas.

En abril la Fiscalía a la vista de la nueva denuncia ampliatoria presentada por la Asociación de Vecinos, volvió a informar que no existía delito alguno ni prueba que sustentara las denuncias, y volvió a informar para el archivo y sobreseimiento de la denuncia.

Igualmente, el Juzgado de Instrucción nº 3 de Torrevieja, a finales de ese mismo mes, volvió a dictar Providencia, en la cual vuelve a insistir que no hay delito alguno y que procede el sobreseimiento y archivo de las denuncias presentadas por la Asociación de Vecinos San Miguel Arcángel.

Así, una vez trascurridos los plazos que pudieran dar lugar a recursos de cualquier tipo en este procedimiento penal, este Ayuntamiento se ve en la obligación de informar de todos estos hechos, a fin de evitar igualmente informaciones falsas, inciertas o interesadas de cualquiera. Dando por todo ello finalizado este asunto, y diciendo alto y claro que ni ha habido ningún tipo de irregularidad ni de delito penal alguno en el proceso de contratación del agua potable en el municipio.

Por todo ello es lo deseable que a la luz de cuanto se informa, se dejen de verter acusaciones una vez que el procedimiento ha sido fiscalizado y resuelto por los tribunales y fiscalía.

Finalmente, hemos de indicar que considera este Ayuntamiento que es lo deseable no judicializar la vida pública municipal como viene haciendo durante los últimos años esta Asociación de Vecinos, la cual impugna y denuncia todo lo que se hace en este municipio, lo cual conlleva para este Ayuntamiento el gasto de muchísimos miles de euros en su defensa ante los Juzgados, dinero este que al fin y a la postre sale del bolsillo de todos los vecinos de este pueblo.